El control de acceso al Puerto se realiza al amparo de lo estipulado en la Ley de Puertos y su Reglamento, así como lo dispuesto en las Reglas de Operación del Puerto de Guaymas.
Para autorizar el ingreso a los diferentes usuarios del puerto se considera los siguiente:
USUARIO
REQUISITO DE ENTRADA
Tripulantes de Embarcaciones
La agencia naviera deberá solicitar en la plataforma electrónica del Puerto Inteligente Seguro (PIS), el “permiso” correspondiente para los tripulantes que aborden o desembarquen durante la estadía del buque en el muelle.
Los tripulantes deberán presentar al personal de vigilancia, el “permiso” temporal (Documento Electrónico de Permiso) para la autorización del acceso.
Clientes, Empresas prestadoras de Servicios, Cesionarias del puerto, Proveedores y Contratistas
Contar con un contrato vigente en la plataforma electrónica del PIS.
Solicitar en la plataforma electrónica del PIS, el “permiso” correspondiente para el ingreso.
Al ingresar al Recinto Portuario deberá mostrar al personal de Vigilancia la identificación vigente emitida por esta Entidad.
Así como también, el gafete de identificación expedido por Aduana. De no presentar ambas identificaciones se le negará el acceso.
El personal deberá presentar a los elementos de vigilancia, el “permiso” temporal (Documento Electrónico de Permiso) para la autorización del acceso.
Contar con un contrato vigente en la plataforma electrónica del PIS.
Llevar a cabo la impresión de las credenciales del PIS para su personal, la cual deberá ser presentada a los elementos de vigilancia para su ingreso.
Visitantes eventuales
La solicitud del “permiso” temporal para los visitantes eventuales se deberá realizar vía telefónica a la recepción de la ASIPONA Guaymas, para que posteriormente el área correspondiente realice el “permiso” temporal en la plataforma electrónica del PIS.
Visitas guiadas
Solicitar por escrito a la Direccion General de la ASIPONA Guaymas, con 48 horas de anticipación la solicitud de visita al Puerto.
En el escrito libre deberán indicar en forma específica el motivo de la visita, la fecha y hora solicitada, el nombre y número de personas que asistirán, el responsable del grupo y la descripción de los vehículos en los que arribarán.
Solo se atenderán visitas que se hayan programado con anticipación.
Las empresas transportistas deberán contar con un contrato vigente en la plataforma electrónica del PIS.
Cuando requieran ingresar al Recinto Portuario, deberán solicitar la “cita” en la plataforma electrónica del PIS, dicho documento deberá ser presentada a los elementos de vigilancia para su ingreso.
Todos los visitantes a la Instalación Portuaria están sujetos a controles de supervisión, por lo que están obligados a cumplir con las disposiciones de seguridad y prevención de la contaminación que apliquen al Puerto.
Para poder ingresar al Recinto Portuario deberán presentar la “cita” o “permiso temporal” en la plataforma electrónica del PIS y el trámite correspondiente de la Aduana Guaymas.
TODA PERSONA SIN EXCEPCIÓN DEBERÁ PORTAR CORRECTAMENTE EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL; CASCO DE SEGURIDAD, CHALECO DE SEGURIDAD, ZAPATO INDUSTRIAL Y CREDENCIAL O PERMISO TEMPOPRAL PARA ACCESAR AL RECINTO PORTUARIO.
Nota: Cualquier persona que sea sorprendida sin portar correctamente el equipo de protección personal o que esté realizando conductas inadecuadas o incumpla alguna normatividad aplicable del Puerto, se le retirará la credencial de acceso o “permiso” y se le negará el ingreso de manera temporal o definitiva al Recinto Portuario.
Para cualquier duda o aclaración la persona a contactar es:
Cap. Guillermo Ochoa Ruiz.
Oficial de Protección de Instalaciones Portuarias (OPIP)
Tel. 01(622) 225-2250 Extensión: 70900.
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